Diferencia entre revisiones de «Renta Básica Universal e Incondicional»

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La renta básica universal e incondicional (RBUI) es una herramienta que satisface el derecho humano fundamental a la subsistencia material garantizada, derecho recogido en el artículo 25 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, la cual fue proclamada por la Asamblea General de la ONU el 10 de diciembre de 1948.
La RBUI es una asignación económica otorgada por el estado a cada residente legal de un territorio. Debe cumplir con cuatro características:
-Incondicional: Sin condiciones. Sin tener que demostrar una circunstancia especial para recibirla. Una de las múltiples ventajas que tendría el establecimiento de esta asignación es que no habría que acudir a una oficina para abrir un expediente en el que una persona tuviera que demostrar unas circunstancias especiales de probreza, incapacidad, desempleo, etc, para recibirla. Se recibe sin condiciones. Por el mero hecho de existir.
-Individual. A cada individuo, no a las familias ni a las unidades de convivencia. De este modo, si, por ejemplo, un hijo se quiere independizar de su familia, podría irse llevando ese mínimo ingreso consigo. Y un grupo de individuos podría acceder a mejores condiciones de vida compartiendo gastos comunes. Una familia con varios miembros tendrá lo necesario para el conjunto de los miembros. Actualmente las asignaciones monetarias a las familias son manifiestamente insuficientes.
-Suficiente. La cantidad de esta Renta Basica Universal se equipara al umbral de la pobreza, que es un índice que fija EUROSTAT, (oficina europea de estadística). Para determinar la línea de pobreza se calcula el costo total de todos los recursos esenciales que un ser humano adulto promedio consume en un año. Este método se dice basado en las necesidades, porque se evalúa a través del gasto mínimo necesario para mantener una vida tolerable.
-Universal. A todos, sin distinción de edad, procedencia, raza, ingresos o cualquier otra circunstancia. Queremos que la Renta Básica sea un derecho, y para que lo sea, ha de ser Universal. No puede existir un derecho restrictivo, si es restrictivo no es un derecho humano.

Revisión del 21:21 14 abr 2019

Explicación

La renta básica universal e incondicional (RBUI) es una herramienta que satisface el derecho humano fundamental a la subsistencia material garantizada, derecho recogido en el artículo 25 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, la cual fue proclamada por la Asamblea General de la ONU el 10 de diciembre de 1948.

La RBUI es una asignación económica otorgada por el estado a cada residente legal de un territorio. Debe cumplir con cuatro características: -Incondicional: Sin condiciones. Sin tener que demostrar una circunstancia especial para recibirla. Una de las múltiples ventajas que tendría el establecimiento de esta asignación es que no habría que acudir a una oficina para abrir un expediente en el que una persona tuviera que demostrar unas circunstancias especiales de probreza, incapacidad, desempleo, etc, para recibirla. Se recibe sin condiciones. Por el mero hecho de existir. -Individual. A cada individuo, no a las familias ni a las unidades de convivencia. De este modo, si, por ejemplo, un hijo se quiere independizar de su familia, podría irse llevando ese mínimo ingreso consigo. Y un grupo de individuos podría acceder a mejores condiciones de vida compartiendo gastos comunes. Una familia con varios miembros tendrá lo necesario para el conjunto de los miembros. Actualmente las asignaciones monetarias a las familias son manifiestamente insuficientes. -Suficiente. La cantidad de esta Renta Basica Universal se equipara al umbral de la pobreza, que es un índice que fija EUROSTAT, (oficina europea de estadística). Para determinar la línea de pobreza se calcula el costo total de todos los recursos esenciales que un ser humano adulto promedio consume en un año. Este método se dice basado en las necesidades, porque se evalúa a través del gasto mínimo necesario para mantener una vida tolerable. -Universal. A todos, sin distinción de edad, procedencia, raza, ingresos o cualquier otra circunstancia. Queremos que la Renta Básica sea un derecho, y para que lo sea, ha de ser Universal. No puede existir un derecho restrictivo, si es restrictivo no es un derecho humano.